Últimas novedades de las pensiones con discapacidad al 45%: podrán jubilarse con solo estos años cotizados

Ambas personas con 45% discapacidad o mejor dicho, como otras personas discapacitadas, dejan de recibir la pensión de invalidez al llegar a la edad de jubilación, porque las dos pensiones son incompatibles y en ningún caso pueden recibirse al mismo tiempo.

Por supuesto, para jubilarse, las personas con discapacidad también deben cumplir ciertos requisitos, aunque sean diferentes a los de otros trabajadores, para poder beneficiarse de opciones como jubilación anticipada. Algunos de ellos, y especialmente los discapacitados con un nivel educativo superior al 45%, tienen dificultades para cumplir con los años mínimos de cotización a la jubilación anticipada, y por ello la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones José Luis Escrivá anunció un nuevas medidas para estos casos.

Dificultad para cotizar para personas con discapacidad del 45%

Pendiente la naturaleza y el grado de su discapacidadalgunos de estos destinatarios son vistos con complicaciones lograr años de cotización que les permiten acogerse a la modalidad de jubilación anticipada, que en algunos casos les otorga una pensión superior a la que reciben por su invalidez.

Esto es especialmente cierto para las personas que padecen una discapacidad del 45% o más por la imposibilidad que supone este grado y en función de la edad en la que se produjo la lesión o la aparición de la enfermedad que les imposibilita trabajar. Es evidente que en algunos casos puede ocurrir que una persona la padezca a una edad temprana y por este motivo no haya podido contribuir suficientemente a la jubilación anticipada.

Años de aportes para la jubilación con 45% de invalidez

El Gobierno, a través de Escrivá, reconoció que era complicado para algunas personas con discapacidad con una titulación superior al 45% acreditar el tiempo mínimo para la jubilación anticipada y por ello decidió cambiar este importante requisito.

El número mínimo de años de aportes requeridos para que estas personas se jubilen anticipadamente y de 56 años Han sido 15 años de publicaciones hasta ahora. Con este cambio, el número de años de aportes es obligatorio se reducirá a 5 años. El gobierno ha confirmado que este cambio de reglas se tramitará fuera de la segunda etapa de la reforma de pensiones, que el gobierno aprobó hace casi un mes.

Subsidio más elevado para quienes padecen una discapacidad del 45%

Además de la reducción a diez años de la obligación de cotizar a los pensionistas de invalidez en más de un 45%, Escrivá anunció hace menos de una semana que Los afectados por esta antigua normativa podrán recuperarse, Desde el 1 de octubre hasta dos años de contribuciones en aquellos períodos en los que no cotizaron.

Jubilación anticipada y jubilación parcial

El jubilación anticipada ordinaria puede ocurrir si un trabajador que llega a la edad de jubilación aporta al menos «35 añosde los cuales 2 años de aportes deben incluirse en los 15 años anteriores al hecho causante”, según el Seguro Social.

Este tipo de pensión para aquellos trabajadores que no padecen ningún tipo de discapacidadsupone una reducción del monto que se retiraría en la jubilación ordinaria cuando el trabajador opte por acogerse voluntariamente a este modelo de pensión.

Por otro lado, y dada la insostenibilidad del sistema de pensiones tal como lo vemos hasta ahora, posibilidad de jubilación parcial. A través de este modelo, el trabajador pasará a recibir el 50% de su pensión de jubilación y el 50% restante como salario por el trabajo que continúa realizando a tiempo parcial.


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