Seguridad Social explica cómo jubilarte con 64 años sin penalización

La Seguridad Social ofrece a los trabajadores por cuenta ajena jubilarse a los 64 años si cumplen con unos requisitos mínimos. ¿Cómo puedes acceder a la pensión por jubilación anticipada sin penalización?. Te vamos a contar todo lo que necesitas saber para informarte acerca de esta modalidad.

En la web de la Seguridad Social podemos consultar todo lo relacionado con esta pensión por jubilación, en relación a los beneficiarios, los requisitos, la cuantía o el hecho causante y los efectos económicos.

Como ya podrás imaginar, las personas que se pueden beneficiar de la ayuda son aquellas que quieren rebajar la edad mínima de jubilación exigida de 65 años a 64 años. Todo ello sin añadir a la cuantía los coeficientes reductores por edad, ya que les permite acceder a ella con los mismos derechos económicos que si tuviera 65 años cumplidos.

¿Quiénes se benefician de pensión por jubilación a los 64 años?

Según explican desde la Seguridad Social en el apartado dedicado a esta prestación, la ayuda está destinada a «los trabajadores por cuenta ajena pertenecientes a empresas que, en virtud de convenio colectivo o pacto, los sustituye al tiempo de su cese por jubilación por otros trabajadores, siempre que se cumplan las condiciones y los requisitos exigidos».

Acceder a la pensión por jubilación anticipada de la Seguridad Social a los 64 años
Acceder a la pensión por jubilación anticipada de la Seguridad Social a los 64 años
Pensión por jubilación anticipada de la Seguridad Social a los 64 años

Estas son las tres condiciones que deben cumplir para acceder a la jubilación a los 64 años:

  • Haber cumplido 64 años de edad real y haber estado de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social.
  • Acreditar el período mínimo de cotización exigido por ley.
  • Si se ha dejado de trabajar por un ERE antes del 1 de abril de 2013.
  • Si han accedido a la pensión de jubilación parcial.

Y es que una de las cosas imprescindibles que debemos tener en cuenta, es que para jubilarse a los 64 años sin penalización deberán acreditar que han dejado de trabajar antes de 2013.

¿Por qué sucede eso?. Según explican desde la Seguridad Social, «esta modalidad desaparece a partir de 01-01-2013, si bien se mantendrá para quienes resulte de aplicación lo establecido en la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto».

Es decir, se podrán acoger a esta modalidad de jubilación aquellas personas que hayan dejado de trabajar antes de 2013. En el momento que la ley aún estaba vigente en España.

Cuantía de la prestación de la Seguridad Social

La cuantía establecida para cobrar esta pensión por jubilación a los 64 años será la que hubiera correspondido al trabajador de haber cumplido los 65 años (no se aplican coeficientes reductores).

«Se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje que corresponda en función de los períodos de cotización que acredite el interesado en la fecha del hecho causante, según la legislación vigente a 31-12-2012», según explican desde la Seguridad Social.

En este contexto, resulta obvio pensar que muy pocas personas en España tienen la suerte de beneficiarse de esta ayuda económica. Y es que la prestación está en un proceso de retroceso, aunque todavía hay quienes pueden acreditar que cumplen con los requisitos pertinentes.


Quizás te interese: