El derecho a recibir una pensión contributiva por parte de la Seguridad Social está reservado para aquellas personas que hayan cotizado durante al menos 15 años. Este período mínimo es necesario para acceder a este beneficio.
En el caso de aquellos que no alcancen este umbral, existe la posibilidad de optar por una pensión no contributiva (PNC), que está destinada a aquellos individuos con una cotización mínima o inexistente. Estas pensiones son administradas por el IMSERSO o por las comunidades autónomas con competencias asignadas en esta área específica, como es el caso de Andalucía, donde se ofrecen a los residentes que cumplen con los requisitos establecidos.
Porcentaje de la Base Reguladora y Años Cotizados
El cálculo del importe de la pensión contributiva se basa en los años de cotización de cada individuo, lo que afecta directamente al porcentaje de la base reguladora que se le asignará al momento de su jubilación.
Para recibir el 100% de esta base reguladora, es necesario haber cotizado un total de 35 años. Este porcentaje disminuye progresivamente a medida que se reducen los años de cotización, siguiendo una tabla de porcentajes específicos establecidos para cada año cotizado.
Años cotizados | Porcentaje de la base reguladora |
---|---|
35 | 100% |
34 | 98% |
33 | 96% |
32 | 94% |
31 | 92% |
30 | 90% |
29 | 88% |
28 | 86% |
27 | 84% |
26 | 82% |
25 | 80% |
24 | 77% |
23 | 74% |
22 | 71% |
21 | 68% |
20 | 65% |
19 | 62% |
18 | 59% |
17 | 56% |
16 | 53% |
15 | 50% |
Cálculo de las Cuantías de las Pensiones
La Seguridad Social establece la cuantía de las pensiones en función de un porcentaje que varía según los años cotizados por el trabajador.
Se añade un 3% por cada año adicional cotizado entre el decimosexto y el vigésimo quinto año, y a partir del vigésimo sexto año, este incremento es del 2%, hasta alcanzar el límite de 35 años de cotización. Por lo tanto, aquellos que solo hayan cotizado durante 15 años recibirán el 50% de la base reguladora correspondiente a los años en los que hayan contribuido.