Pensión mínima por incapacidad permanente total: cobrarás esto si trabajas a la vez

Te vamos a contar cuánto cobrarás con la pensión mínima por incapacidad permanente total si también, trabajas. Se trata de un cambio recientemente introducido. Y es que en 2024, los pensionistas que reciban una pensión por incapacidad permanente total y decidan trabajar se enfrentarán una serie de cambios importantes en la cuantía de su pensión, ajustes impulsados por una revalorización general del 3,8%. Este incremento, anunciado por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, vienen de lleno para responder a la necesidad de actualizar las prestaciones a la realidad económica actual.

Pensión mínima por incapacidad permanente total y trabajo ¿Sí o no?

La Seguridad Social establece que Sí es posible compatibilizar la pensión de incapacidad permanente total con el ejercicio de una actividad laboral. Esta compatibilidad está sujeta, eso sí, a la condición de que el empleo no esté relacionado con las tareas que causaron la incapacidad.

Es decir, el pensionista puede trabajar en el mismo puesto en una empresa diferente o en un puesto distinto en la misma empresa, siempre que las funciones no coincidan con aquellas que motivaron la incapacidad.

Para acceder a esta pensión, es necesario demostrar un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre evaluado por el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social. La decisión final sobre el grado de incapacidad recae en el Director Provincial de la Seguridad Social, quien determinará la categoría correspondiente. Estas categorías pueden ser: parcial, total, absoluta o de Gran Invalidez.

Este es el incremento por incapacidad en 2024

La pensión de incapacidad permanente total experimentará un aumento general del 3,8%, mientras que las cuantías mínimas recibirán un incremento que oscila entre el 5% y el 7%. Este ajuste refleja el compromiso de la administración por garantizar el bienestar de los beneficiarios en respuesta a creciente la inflación y el aumento del coste de vida que todos estamos viviendo.

Las personas con incapacidad permanente total perciben inicialmente el 55% de su base reguladora, porcentaje que aumenta al 75% al alcanzar los 55 años de edad. Con la revalorización de este 5%, las cuantías mínimas para 2024 se establecen de la siguiente manera:

Edad / Situación Con cónyuge a cargo Con cónyuge no a cargo Sin cónyuge
65 años o más 1.033,30 €/mes (14.466,20 €/año) 825,20 €/mes (11.552,80 €/año) 783,30 €/mes (10.966,20 €/año)
60 a 64 años 1.033,30 €/mes (14.466,20 €/año) 772 €/mes (10.808,00 €/año) 729,7 €/mes (10.215,80 €/año)
Menores de 65 años (enfermedad común) 608,30 €/mes (8.516,20 €/año) 608,30 €/mes (8.516,20 €/año) 603,10 €/mes (8.443,40 €/año)

Nota* Es importante recordar que estas cuantías se distribuyen en 14 pagas anuales, salvo en casos de pensiones derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales, que se prorratean en 12 meses. Además, la cuantía máxima de la pensión alcanza por primera vez los 3.175,04 euros mensuales, marcando u verdadero hito en la historia de las pensiones en España.

Con todo ello, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión por incapacidad permanente total ofrece una oportunidad valiosa para aquellos que, a pesar de su condición, desean seguir contribuyendo activamente en el mercado laboral. Este esfuerzo conjunto entre el gobierno y los millones beneficiarios en España, refleja un compromiso por asegurar un nivel de vida digno para todos.


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