Pasar de incapacidad permanente total a absoluta: así puedes solicitarlo al INSS

Pasar de una incapacidad permanente total a una incapacidad permanente absoluta puede representar un cambio importante en la vida de una persona. Dada la complejidad del proceso y las implicaciones financieras y personales que conlleva, es importante entender no solo cómo solicitarlo, sino también cuáles son las diferencias entre estas dos categorías de incapacidad. Vayamos por partes:

Tipos de incapacidad

La incapacidad permanente total se caracteriza por inhabilitar al trabajador para realizar todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, permitiendo la posibilidad de dedicarse a otra actividad distinta. Esta incapacidad otorga una pensión del 55% de la base reguladora, que puede incrementarse al 75% al alcanzar los 55 años, siempre que el beneficiario no esté laboralmente activo.

Por su parte, la absoluta, inhabilita completamente al trabajador para desempeñar cualquier profesión u oficio. No obstante, no excluye la posibilidad de realizar cualquier actividad remunerada, siempre que no se pueda desempeñar ningún trabajo con un mínimo de rendimiento, eficacia, y profesionalidad. La pensión por esta incapacidad equivale al 100% de la base reguladora y está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Cómo pasar de incapacidad permanente total a absoluta?

Hay varias cosas que tendrás que hacer para realizar este cambio: Si tu estado de salud empeora o desarrollas nuevas patologías, es crucial obtener un buen peritaje médico y, de ser posible, un informe pericial detallado. Después, con la documentación médica que demuestra el empeoramiento, puedes solicitar una revisión de tu incapacidad al INSS, argumentando que tu condición actual justifica una incapacidad permanente absoluta.

¿Qué hacer en caso de que no te la concedan?

Si finalmente no te la conceden, puedes reclamar primero por vía administrativa dentro de los 30 días hábiles tras la notificación. Si esta vía no es exitosa, la reclamación por vía judicial es el siguiente paso, también en un plazo de 30 días tras la resolución de la reclamación administrativa.

Más formas de reclamar:

En caso de que no te concedan también por vía administrativa el cambio, tiene dos opciones, o mejor dicho, dos recursos:

El recurso de suplicación se presenta ante el Tribunal Superior de Justicia de tu Comunidad Autónoma si no estás conforme con la decisión del juez de lo Social a favor del INSS. Este paso permite una revisión adicional de tu caso a nivel regional.
Si el recurso de suplicación no tiene éxito, puedes escalar tu caso aún más mediante el recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este representa la última instancia en el proceso, buscando una última revisión y decisión a nivel nacional.

Es importante recordar que todas las incapacidades son revisables, con la posibilidad de reducir, aumentar, mantener, o cancelar el grado de incapacidad según la evolución de la condición de salud del beneficiario. Desde la Grada Online te aconsejamos asesoramiento de profesionales expertos, dado que un informe inapropiado o una solicitud incorrectamente realizada puede comprometer el proceso.

La transición de una incapacidad permanente total a absoluta es un proceso que requiere una cuidadosa preparación y presentación de pruebas médicas y legales. Entender tus derechos y las vías de reclamación disponibles es clave para conseguir este cambio de manera


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