La solicitud de una pensión por incapacidad permanente en la Seguridad Social es un derecho que tienen los trabajadores que hayan cotizado durante un tiempo determinado después de que hayan sufrido una enfermedad o accidente.
Esta pensión, considerada contributiva, está sujeta a límites de edad específicos para los posibles beneficiarios y puede llegar hasta el 100% de la base reguladora del empleado, con un tope máximo que alcanza los 3.059 euros para aquellos que hayan cotizado por las bases de cotización más altas.
La Seguridad Social otorga un grado de discapacidad a aquellos con trabajadores que presenten secuelas graves que les impiden trabajar. Sin embargo, en algunos casos, es factible compatibilizar esta pensión con otros empleos que se adapten a la situación del trabajador.
Duración de la incapacidad permanente
Es crucial entender que estas ayudas son revisables y no necesariamente vitalicias pese a su nombre de permanentes. Si el trabajador muestra mejorías en su salud, el grado de incapacidad permanente absoluta puede ser revisado por el Tribunal Médico.
Esto implica que el estado de salud puede ser evaluado periódicamente, y el grado de discapacidad modificado en consecuencia o incluso retirado.
Existen circunstancias que pueden llevar a la retirada de la incapacidad permanente absoluta por parte de la Seguridad Social. Si se demuestra que el trabajador realiza un trabajo incompatible con la pensión, la institución puede retirar dicha incapacidad. Esta evaluación ocurre en revisiones periódicas del Tribunal Médico, donde se analiza si el trabajador lleva a cabo actividades que exceden los límites permitidos por su grado de discapacidad. En caso de detectarse un trabajo incompatible, se retira la incapacidad y se ajusta el grado de discapacidad correspondiente.
Otros motivos para retirar la incapacidad permanente incluyen cambios en el estado de salud que sugieran mejoras, error de diagnóstico o la ausencia a citaciones del equipo de valoración de incapacidades. Es responsabilidad del trabajador estar atento a estas citas, ya que una falta puede llevar a la retirada de la pensión.
Edad máxima para la incapacidad permanente
Las personas que tengan que realizar una solicitud de la pensión de incapacidad permanente absoluta deben saber que la fecha máxima para solicitar esta pensión es la edad de jubilación. En este año 2023, la edad de jubilación está fijada en los 65 años, siempre y cuando se cumpla un período mínimo de cotización de 37 años y 9 meses. Si este período mínimo no se ha alcanzado, se debe esperar hasta los 66 años y 4 meses para solicitar la pensión. Para el próximo año la edad de jubilación se amplía dos meses, hasta los 66 años y 6 meses.
Cuando una persona con incapacidad permanente alcanza la edad de jubilación, puede elegir entre solicitar la pensión de jubilación o mantener la de incapacidad, así que podrá optar por la opción más ventajosa. Sin embargo, al comenzar a recibir la pensión de jubilación, se detiene el pago de la pensión de incapacidad debido a que ambas protegen situaciones laborales distintas y no son compatibles.
En España, la pensión máxima por incapacidad permanente en el año 2023 es de 3.059 euros al mes, mientras que la mínima asciende a 1.073,70 euros mensuales. Estos montos varían según el grado de discapacidad y la base reguladora de cada trabajador.