Miles de pensionistas podrán reclamar este complemento a la Seguridad Social

El complemento por maternidad de la Seguridad Social permite recibir una ayuda económica a los pensionistas por cada hijo de 477 euros. Se trata de un incremento de la cuantía que se puede solicitar si los beneficiarios cobran una pensión por jubilación, incapacidad o viudedad.

En sus orígenes, esta ayuda de la Seguridad Social solo estaba destinada a las mujeres que sufrían el declive de su carrera laboral tras la maternidad. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) lo consideraba un complemento discriminatorio ya que no incluía a los padres.

Por esta razón, la Seguridad Social ha actualizado su nombre y ahora podemos encontrarlo como complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Y, entre las modificaciones en su normativa se incluye la posibilidad de que puedan solicitarlo también los padres, siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral.

Tras la alegación del TJUE definiendo el primer complemento creado en 2016 como discriminatorio, miles de padres de toda España recurrieron a los tribunales para reclamarlo. Por ello, ahora hemos conocido que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberá indemnizarlos por daños.

La Seguridad Social deberá indemnizar a los padres por daños

El pasado 14 de septiembre de 2023, el TJUE emitió un nuevo pronunciamiento ante el caso de un hombre de León que recurrió a los tribunales para denunciar su caso. La Seguridad Social le negó su derecho a cobrar por el complemento para reducir la brecha de género, ya que consideraba que había prescrito su derecho a recibirlo.

La Seguridad Social deberá indemnizar a padres por este complemento a las pensionesLa Seguridad Social deberá indemnizar a padres por este complemento a las pensiones
Seguridad Social indemnizará a padres por este complemento a las pensiones

Sin embargo, el afectado recurrió el caso hasta que los tribunales no solo le reconocieron ese suplemento en la pensión de jubilación, sino que, además, le otorgó también una indemnización de 600 euros por la negativa a incluírselo.

De hecho, no ha sido el único caso en el que la Seguridad Social ha tenido que pagar una indemnización a los beneficiarios de pensiones que solitan este complemento fijado para madres y padres en 2024.

El pasado 30 de octubre de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dictó otro fallo reconociendo esta indemnización extra a otro padre en el mismo caso, fijando una indemnización de 1.500 euros.

Los expertos aseguran que todavía no está claro si la Seguridad Social decidirá pagar por acto voluntario, o los pensionistas afectados tendrán que ir por vía judicial para denunciar su situación.

¿Cuándo no se reconoce este complemento a los pensionistas?

Según explican desde la Seguridad Social, actualmente tanto las madres como los padres que cobren pensiones aprobadas a partir de 2021, podrán solicitar el complemento para reducir la brecha de género.

«Está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a», informan a través de la web. Por esta razón, las madres son las principales beneficiarias, ya que este perjuicio afecta de forma «abrumadora» a las mujeres en su carrera laboral.

No obstante, en cualquier caso existen excepciones en casos para los cuáles no se reconoce el derecho a cobrar el suplemento:

  • Progenitores que hayan sido privados de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  • Padres que hayan sido condenados por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre.
  • Ni al padre o a la madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas.

El complemento para reducir la brecha de género de la Seguridad Social se tramita junto con la solicitud de la pensión en el INSS. En la web oficial del organismo encontrarás toda la información necesaria.


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