Más de 6.300 euros para la incapacidad permanente. La Seguridad Social confirma este nuevo pago

La Seguridad Social española ha anunciado una medida sin precedentes que afectará a miles de beneficiarios de pensiones por incapacidad permanente, un extraordinario pago que podría alcanzar hasta los 6.350 euros por persona. Este anuncio ha generado un gran revuelo entre los beneficiarios y ha suscitado interrogantes sobre sus implicaciones y criterios.

La pensión de incapacidad permanente, un pilar fundamental del sistema de seguridad social, brinda protección económica tanto a aquellos que sufren accidentes o enfermedades en el ámbito laboral como fuera de él.

En la actualidad, la incapacidad permanente se puede dividir en cuatro grupos, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta y Gran Invalidez.

Cuántas personas cobran la incapacidad permanente

Según datos del ministerio competente de Elma Saiz, este tipo de pensión representa un gasto mensual de 1.097,6 millones de euros para las arcas públicas, beneficiando a 945.077 personas en toda España. Sin embargo, esta cifra podría aumentar en junio con la inclusión de nuevos beneficiarios.

Es crucial destacar que las pensiones por incapacidad permanente están sujetas a tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), dado su carácter contributivo. Además, se pagan en 14 mensualidades al año, incluyendo dos pagas extras: una en verano y otra en Navidad, como parte del devengo mensual gestionado por la Tesorería General de la Seguridad Social.

La paga extra de más de 6.300 euros

El extraordinario pago anunciado para junio corresponde a la suma de la mensualidad ordinaria junto con la primera paga extra del año, generada por el devengo de la pensión durante los primeros seis meses del año. Este beneficio alcanzará principalmente a aquellos que reciben la cuantía máxima de 3.175 euros mensuales, quienes cotizaron por las bases más altas durante su vida laboral, así como a quienes cobran la modalidad absoluta o de Gran Invalidez.

Aunque esta noticia ha sido recibida con alegría por muchos beneficiarios, es importante señalar que existen excepciones en este pago extraordinario. Según lo establecido en la Ley 8/2015 de la Seguridad Social, aquellos pensionistas cuya incapacidad total, absoluta o gran invalidez tenga su origen en una enfermedad profesional o accidente laboral no recibirán esta paga extra. En lugar de ello, su pago mensual está prorrateado en 12 mensualidades al año, como se indica en la plataforma web de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Este anuncio ha suscitado un debate sobre la equidad y la justicia en la distribución de los recursos del sistema de seguridad social. Mientras algunos celebran este inesperado impulso financiero, otros cuestionan las implicaciones de otorgar un pago adicional a ciertos beneficiarios y no a otros, lo que plantea interrogantes sobre la coherencia y la transparencia del sistema.

En medio de este debate, la medida tomada por la Seguridad Social española marcará un precedente en el sistema de protección social del país. No solo refleja el compromiso del gobierno con el bienestar de los ciudadanos, sino que también subraya la importancia de adaptar las políticas sociales a las necesidades cambiantes de la sociedad y de garantizar una distribución equitativa de los recursos públicos.


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