Los pensionistas de viudedad podrán cobrar 12.682 euros si cumple este requisito

La pensión de viudedad, otorgada por la Seguridad Social, representa una prestación económica crucial para aquellos cónyuges o ex cónyuges que han perdido a un ser querido trabajador. Este beneficio busca proporcionar un nivel de vida digno a quienes se enfrentan a la difícil situación de la pérdida de su pareja, especialmente cuando esta era la principal fuente de ingresos, situándolos en una posición de vulnerabilidad.

La finalidad principal de la pensión de viudedad es prevenir la ‘desprotección‘ del beneficiario y su unidad familiar tras el fallecimiento del contribuyente original. Este respaldo financiero se convierte en un salvavidas para cubrir las necesidades económicas futuras, asegurando que la transición hacia una nueva realidad no sea marcada por dificultades financieras.

Ahora bien, acceder a este beneficio no es un proceso automático; se deben cumplir ciertos requisitos. El solicitante debe ser cónyuge o ex cónyuge del difunto, estar unido legalmente o en pareja de hecho, y no haber contraído nuevo matrimonio o unión de hecho. Además, se requiere tener al menos 65 años y un periodo mínimo de cotización de 15 años, con al menos 5 de esos años a cargo del fallecido.

Excepciones a la pensión por viudedad

Sin embargo, existen excepciones a estos requisitos. Aquellos solicitantes con hijos a su cargo pueden pedir la pensión con 60 años, y las personas con discapacidad pueden hacerlo independientemente de su edad o período de cotización. La solicitud se puede realizar de manera presencial en las oficinas de la Seguridad Social o telemáticamente a través de la Sede Electrónica. La documentación necesaria incluye:

  • Libro de familia o acta de matrimonio.
  • Certificado de defunción del fallecido.
  • La declaración de la renta del solicitante y del difunto del año natural anterior al fallecimiento, y, en el caso de tener hijos a cargo, documentos que justifiquen su situación.

El cálculo del importe de la pensión de viudedad se realiza aplicando un porcentaje a la base reguladora, que es la media de las bases de cotización del fallecido en los últimos 24 meses. El porcentaje general es del 52%, pero puede aumentar al 60% si el solicitante tiene 65 años o más. Este importe puede reducirse en función de los ingresos del solicitante, y aunque la pensión es compatible con el trabajo, su cuantía disminuirá según los ingresos.

Es fundamental destacar que la pensión de viudedad es un derecho irrenunciable y puede recibir otras ayudas simultáneamente, como prestaciones por desempleo, pensiones de jubilación o incapacidad permanente, subsidios de incapacidad temporal, y subsidios por maternidad y paternidad. No obstante, no es compatible con prestaciones asistenciales no contributivas.

La pensión de viudedad no solo cumple una función económica, sino que también desempeña un papel crucial en la protección social, asegurando un sustento digno para aquellos que han perdido a su cónyuge y se enfrentan a un periodo de transición económica y emocionalmente desafiante.

¿Cuándo se cobra la pensión de viudedad?

Esto es lo que vas a cobrar por tu pensión de viudedad según tus circunstancias.

  • Con cargas familiares, 905,90 euros al mes, lo que equivale a 12.682,60 euros al año.
  • Con 65 años o con una discapacidad mayor al 65%, 783,10 euros al mes, lo que equivale al año a 10.963,40 euros.
  • Entre 60 y 64 años, 732,60 euros al mes, lo que equivale al año a 10.256,40 euros.
  • Menor de 60 años, 593,30 euros al mes, lo que equivale al año a 8.306,20 euros.

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