En una medida significativa, la Seguridad Social ha establecido que la pensión por incapacidad permanente total alcance el 75% de la base reguladora cuando los trabajadores superan los 55 años y se encuentran fuera de la actividad laboral. Esta decisión busca abordar específicamente las circunstancias de aquellos que, debido a enfermedad o accidente, se ven incapacitados para continuar con su actividad laboral normal.
La Incapacidad permanente total, según la Seguridad Social, se concede a los trabajadores cuyas capacidades se ven reducidas al punto de impedirles llevar a cabo su trabajo de manera habitual. Aunque inhabilita al trabajador para su profesión habitual, se reconoce la posibilidad de que se dedique a otra distinta, como señala el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El cálculo de la pensión se basa en aplicar un porcentaje del 55% sobre la base reguladora del salario del afectado. Sin embargo, cuando el trabajador afectado alcanza la edad de 55 años y no mantiene una relación laboral, se contempla un aumento del 20% en su pensión sobre la base de cotización. A continuación, se detallan todos los aspectos relevantes de esta nueva disposición.
Un impulso a la Incapacidad permanente total
Cuando un afectado cumple 55 años y no está empleado, la Seguridad Social reconoce su derecho a un complemento del 20% sobre el porcentaje de su base de cotización, elevando así la prestación al 75%. Esta medida busca proporcionar un respaldo financiero adicional a aquellos que, por razones de salud, no pueden participar en la fuerza laboral.
Los trabajadores con incapacidad permanente total, que se les reconoce un 33% de incapacidad, tienen la opción de optar a puestos de trabajo reservados para personas discapacitadas. Este reconocimiento no solo se traduce en apoyo financiero sino también en oportunidades de empleo adaptadas a sus condiciones.
Cuánto se cobra
Las cuantías mínimas establecidas para las pensiones contributivas de incapacidad permanente total varían según la edad y la situación marital del beneficiario. A continuación, se detallan las cifras:
- Menos de 60 años:
- Con cónyuge a cargo: 532 euros al mes (7.448 euros al año).
- Sin cónyuge: 532 euros al mes (7.448 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 527,40 euros al mes (7.383,60 euros al año).
- Entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 834,90 euros al mes (11.688,60 euros al año).
- Sin cónyuge: 675,20 euros al mes (9.452,80 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 658,20 euros al mes (8.934,80 euros al año).
En el caso de personas que no hayan cotizado, pero sufran una incapacidad permanente total debido a accidente, enfermedad común u otro supuesto, podrán recibir una pensión de invalidez no contributiva. Esta pensión, con una cuantía fija de 421,40 euros al mes en el año 2020, se solicitará en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Esta medida de aumentar la pensión por incapacidad permanente total al 75% refleja un enfoque más comprensivo y adaptado a las necesidades de los trabajadores afectados, reconociendo la importancia de proporcionar un respaldo financiero adicional en situaciones específicas.
La Seguridad Social no quiere que las personas que estén impedidas para trabajar se queden atrás en la sociedad y busca la manera de que sus ingresos sean acorde con la situación actual.