la Seguridad Social lo confirma

La Seguridad Social ha informado de importantes cambios que afectan de manera directa a los beneficiarios de la incapacidad permanente total, que van a tener la posibilidad de obtener un incremento del 20% en la cuantía de la pensión contributiva.

El objetivo que busca esta medida es poder brindar apoyo adicional a los trabajadores que enfrentan limitaciones laborales debido a lesiones o enfermedades que les impiden desempeñar su profesión habitual.

La incapacidad permanente total se define como un grado de invalidez que incapacita al trabajador para realizar su trabajo habitual debido a una lesión o enfermedad. Hay que tener en cuenta que, a diferencia de lo que muchos podrían pensar, esta pensión si puede ser compatible con la realización de una actividad laboral siempre y cuando no entre en conflicto con las limitaciones que originaron la invalidez total.

Es importante señalar que esta incapacidad puede derivar tanto de contingencias comunes, como accidentes no laborales o enfermedades comunes, como de contingencias profesionales, como accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Pensión por Incapacidad permanente total

La pensión por incapacidad permanente total generalmente equivale al 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, la novedad que ha anunciado la Seguridad Social va a permitir un aumento del 20% en ciertas circunstancias específicas. Este tipo de incapacidad va a poder ser compatible con empleos que sean acordes con las lesiones que dieron origen a la pensión, y no hay un límite de ingresos que impida seguir cobrando la pensión.

El requisito fundamental para solicitar este aumento del 20% es que la persona beneficiaria tenga 55 años o más y se encuentre en situación de desempleo. Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada. Es importante tener en cuenta que la Seguridad Social actualiza el importe de la base reguladora y aplica el 75% sobre esa cantidad.

Solicitar la incapacidad permanente total cualificada

La solicitud para poder beneficiarse de la incapacidad permanente total cualificada se puede realizar de manera directa a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En caso de cumplir con los requisitos, se aplicará el aumento del 20% sobre la base reguladora.

Es crucial destacar que este aumento no se va a poder aplicar si la persona beneficiaria se encuentra trabajando o está percibiendo una prestación contributiva por desempleo derivada de empleos anteriores. Por tanto, la incapacidad permanente total cualificada no es compatible con ninguna actividad laboral, y retomar el trabajo implicaría que el trabajador vuelva a percibir un 55% de la base reguladora en la pensión.

Además, aquellas personas que ya son beneficiarios de una incapacidad permanente total tienen la opción de solicitar una revisión de oficio al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en caso de que su situación empeore. Esta revisión podría derivar a un cambio de la incapacidad permanente total a una incapacidad permanente absoluta, lo que les permitiría poder cobrar el 100% de la base reguladora en su pensión. Estas opciones ofrecen a los beneficiarios la posibilidad de adaptar su situación económica a medida que evolucionan sus condiciones de salud y laborales.


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