Es 31 de marzo Es la fecha en que todo Autónomos de España deberías tenerlo marcado en tu calendario porque Es el límite para realizar un trámite muy importante relacionado con la caja registradora de la seguridad social. Ese día, tan importante para que todos los autónomos vuelvan a comunicar sus datos a dicha entidad, supone que llega a su fin la prórroga introducida por el anterior ministro de Seguridad Social (José Luis Escrivá).
En este artículo veremos todas las preguntas que exige la Seguridad Social y cómo deberás enviarlas si eres uno de los recién llegados que aún no ha pasado por este proceso que, recuerda, Es un procedimiento muy fundamental que puede ser severamente sancionado por una entidad pública.
El dilema de los autónomos: una carrera contra el tiempo
Desde hace meses trabajadores por cuenta propia, ya sean empresas, COMERCIO (trabajadores por cuenta propia económicamente dependientes) o familiaressufren por este tipo de gestión porque según muchos de ellos La Caja de Seguro Social les solicita una serie de datos necesarios, que ya tienen, porque se los han enviado previamente.. Este ir y venir entre los datos que se envían y el hecho de que la agencia dice que no los tiene crea mucha incertidumbre entre muchas personas afectadas.
Debido al caos en el que se encuentran estas personas, El plazo, que originalmente era hasta el 31 de octubre, se trasladó al 31 de marzo. El problema radica en que esta prórroga no ha sido aprobada oficialmente por el Gobierno, lo que sólo provoca descontento y malestar entre los autónomos afectados, que podrían verse penalizados (aunque en teoría empieza el 1 de abril). .
Las Sanciones económicas a que podrán ser sometidos los autónomos que no presenten los datos requeridos esta semana de 70 a 750 eurosconforme a lo establecido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, además de los requerimientos posteriores del Ministerio de Hacienda.
Incertidumbre ante la falta de una decisión oficial
Como ya hemos comentado en el apartado anterior, el problema en el que reposa todo esto y que genera mayor preocupación es que si bien El entonces ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, dijo sobre la prórroga, que llega a su finNunca se dijo oficialmente que el plazo transcurriera del 31 de octubre de 2023 al 31 de marzo de 2024.
Aunque la actual ministra, Elma Saiz, sigue afirmando que toda la información es correcta, varios juristas señalan que desde su punto de vista y por derecho, el final de este proceso fue el 31 de octubre del año pasado. , aunque el ministro lo dijo con la boca y el actual ministro lo vuelve a confirmar (pero también con la boca), No se formalizó nada en el texto legal.
¿Qué información deben reportar los emprendedores y cómo?
Como ya hemos dicho, muchos de los datos que exige la Seguridad Social ya están disponibles y dependen de la categoría de autónomos. Quienes tengan algo que decir, pueden hacerlo a través del apartado de contacto. “Emprendedor colectivo. Identificación de la compañia. Asignación inicial de CCC» que podrás encontrar en la propia página web de la Seguridad Social. A continuación se muestra una lista de exactamente lo que solicita el organismo público y a quién:
- Empresa Autónoma: denominación social y CIF de todas las empresas a las que pertenece, junto con otra información relevante sobre su participación en las mismas.
- Comercio: CIF de su cliente principal.
- Los autónomos deben estar registrados.: la escuela a la que pertenece.
- Trabajadores sanitarios inscritos en el régimen especial de autónomos (RETA): CIF de una empresa privada.
- Trabajadores por cuenta propia con otros asociados autónomos bajo su responsabilidad: nombre, apellidos y NIF de autónomos de compañeros de trabajo.