La Seguridad Social avisa de la retirada de la pensión en un momento crítico de la vida. Esto, es de mucha importancia tanto si actualmente estas percibiendo una pensión por incapacidad permanente como si estas en tramites para solicitar una.
El comunicado advierte de una serie de disposiciones importantes relacionadas con la pensión por incapacidad permanente. Estas regulaciones, directamente en aquellos beneficiarios que reciben esta prestación, marcando un hito en su trayectoria laboral y económica. Desde la Grada Online te contamos cuáles son y para entenderlas, antes de ello, te explicamos en qué consiste la prestación:
¿Qué se considera pensión por incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es una prestación otorgada por la Seguridad Social a aquellos trabajadores que, debido a enfermedades, lesiones o accidentes laborales, se ven imposibilitados para reincorporarse al mundo laboral.
Esta prestación, de carácter contributivo, tiene como objetivo mitigar la falta de ingresos ocasionada por la incapacidad para trabajar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta no es una condición indefinida. La Seguridad Social ha establecido un límite temporal para su percepción, determinado por la edad de jubilación del beneficiario.
La Seguridad Social avisa de la retirada de la pensión por incapacidad si no cumples estos requisitos
Se ha establecido que la incapacidad permanente es revisable hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación legal. En el año 2024, esta edad se sitúa en 66 años y 6 meses, aunque puede variar según los años cotizados por el trabajador, pudiendo ser de 65 años si cuenta con 38 años cotizados.
Este período de transición hacia la jubilación se encuentra enmarcado en una reforma más amplia del sistema de pensiones que durará hasta 2027 y que implica tanto un aumento en la edad de jubilación como en los años de cotización necesarios.
Una vez que el beneficiario alcanza la edad de jubilación correspondiente, la Seguridad Social cesará el pago de la incapacidad permanente y procederá a sustituirla por la pensión contributiva de jubilación. Es importante destacar que este cambio no implica una pérdida económica en la cuantía de la pensión, sino simplemente un cambio en su denominación.
Sin embargo, puede existir una reducción: En el caso de que la incapacidad permanente se estuviera cobrando en 12 pagas (derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional), la Seguridad Social realizará un recálculo de la cuantía para establecer el pago en 14 pagas. Esto puede implicar una ligera reducción en el monto percibido mensualmente, pero otorgará al beneficiario el derecho a recibir dos pagas extraordinarias.
¿Puedo negarme a cambiar la pensión de incapacidad permanente por la pensión de jubilación si me perjudica?
Muchos beneficiarios pueden preguntarse por qué ocurre este cambio y si existe la posibilidad de negarse a la sustitución de la pensión de incapacidad permanente por la de jubilación.
La Ley General de la Seguridad Social establece claramente que las pensiones de este régimen son incompatibles entre sí, lo que significa que no se puede percibir simultáneamente más de una pensión del mismo régimen. Sin embargo, el beneficiario tiene la opción de solicitar la continuación del cobro de la pensión de incapacidad permanente si no está conforme con el cambio.
La retirada de la pensión por incapacidad permanente y su sustitución por la pensión de jubilación representan un momento crucial en la vida laboral y económica de los beneficiarios. Si bien estas medidas están destinadas a garantizar la coherencia y la eficiencia del sistema de pensiones, es fundamental que los afectados comprendan sus implicaciones y consideren todas las opciones disponibles.
La Seguridad Social ofrece tanto un marco legal claro como la posibilidad de elección para aquellos que se vean afectados por estos cambios. Si estás en este caso, desde La Grada Online te recomendamos encarecidamente consultar con un asesor de la Seguridad social, para que estudie tu caso en particular y pueda solventar tus dudas al respecto.