La jubilación anticipada se va a poder solicitar con estas nuevas discapacidades

La Seguridad Social podría incorporar once nuevas discapacidades para que sean compatibles con la jubilación anticipada y den derecho a cobrar el 100% de la pensión.

La solicitud destinada a la Seguridad Social para integrar once nuevas enfermedades como elegibles para la jubilación anticipada por discapacidad del 45% marca un cambio transcendental en las condiciones que rigen este beneficio.

El requisito para que las personas con una discapacidad igual o superior al 45% puedan acceder a la jubilación anticipada es la existencia de pruebas generalizadas y sustanciales que demuestren una reducción de la esperanza de vida de esas personas, según los parámetros establecidos por la Seguridad Social.

Jubilación anticipada y discapacidad

En mayo de 2023, se aprobó un real decreto que entró en vigor en 2024, con el propósito de mejorar el acceso a la jubilación anticipada para aquellas personas con una discapacidad del 45%. Esta medida redujo el período de cotización requerido de 15 a 5 años desde el diagnóstico y abrió las puertas al retiro laboral para aquellos individuos con más de una enfermedad discapacitante, siempre que la suma de las dolencias supere el grado del 45%.

Los requisitos para acceder a la jubilación anticipada son estar en alta o situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante, haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al periodo mínimo de cotización necesario y estar afectado por alguna de las patologías catalogadas como generadoras de discapacidad, con al menos 5 años de cotización desde el diagnóstico dentro de ese periodo.

La Seguridad Social destaca en su portal web que la edad mínima de jubilación para aquellos afectados por estas enfermedades es de 56 años. El listado actual de enfermedades reconocidas como generadoras de discapacidad incluye la discapacidad intelectual, parálisis cerebral, anomalías genéticas, trastornos del espectro autista, anomalías congénitas secundarias a la Talidomida, secuelas de polio o síndrome postpolio, daño cerebral adquirido, enfermedad mental y enfermedad neurológica.

Nuevas discapacidades

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha presentado a la Secretaría del Estado de la Seguridad Social una propuesta para la inclusión de once nuevas discapacidades en este listado. Esta propuesta se fundamenta en estudios que respaldan la ampliación del listado, permitiendo así que las personas afectadas también puedan acogerse a la jubilación anticipada para trabajadores con un grado de discapacidad del 45% o superior.

Las nuevas enfermedades propuestas abarcan artritis reumatoide, encefalomielitis miálgica, amiloidosis por transtiretina variante (ATTRv), enfermedad de Huntington, Parkinson, distrofia miotónica tipo 1, espina bífida, fibromialgia, inmunodeficiencias primarias, lupus eritematoso sistémico y esclerosis sistémica.

Para llevar a cabo estas inclusiones, se requiere una Orden Ministerial por parte de representantes de la Seguridad Social, del Ministerio de Derechos Sociales y del propio CERMI, quienes deben llevar a cabo un análisis exhaustivo de la petición.

Pronto se conocerán las novedades sobre posibles actualizaciones en este proceso, ya que se trata de un tema crucial que afecta a la calidad de vida y derechos de un sector significativo de la población. La sensibilidad y la atención que este tema merece subrayan la importancia de una evaluación minuciosa por parte de las autoridades competentes para asegurar que las decisiones tomadas reflejen de manera adecuada las necesidades y derechos de las personas con discapacidad.


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