Jubilación anticipada en 2024 con estas enfermedades: podrás retirarte a esta edad

La jubilación anticipada en 2024 con estas enfermedades ya es posible y te vamos a contar cuáles son y a qué edad podrás retirarte en caso de sufrir alguna de ellas. Todos sabemos que el sistema de pensiones en España se caracteriza por su capacidad de adaptarse a las diversas circunstancias de los trabajadores, permitiendo, en algunos casos, la jubilación anticipada sin penalizaciones en la pensión.

Lo que muchos no conocen aún es que en 2024, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en 66 años y 6 meses, pero este marco no aplica de manera universal para todos.

Específicamente, las personas con discapacidad encuentran una excepción que les permite acceder a la jubilación de forma anticipada, destacando un compromiso creciente con la inclusión y el reconocimiento de los derechos de este colectivo por parte del Gobierno.

Real Decreto 370/2023: El decreto que lo cambia todo.

Aprobado por el Consejo de Ministros el año pasado, con él se ha facilitado el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad. Esta normativa reduce el periodo de cotización necesario de 15 a 5 años, abriendo las puertas de la jubilación contributiva a una edad considerablemente menor.

Así, aquellos trabajadores con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45% pueden jubilarse a partir de los 56 años, y si el grado es igual o superior al 65%, la edad se reduce aún más, a los 52 años.

Para acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada, sigue siendo imprescindible acreditar al menos 15 años de cotización, de los cuales 5 deben estar vinculados a la enfermedad discapacitante. La documentación requerida incluye un informe médico del IMSERSO o de la entidad autonómica correspondiente que acredite la discapacidad.

Jubilación anticipada en 2024 con estas enfermedades

La legislación especifica una lista de enfermedades discapacitantes que permiten acceder a la jubilación anticipada a los 52 años, incluidas en el Anexo I del Real Decreto.

Entre ellas se encuentran discapacidad intelectual, parálisis cerebral, diversas anomalías genéticas como el Síndrome de Down, trastornos del espectro autista, secuelas de polio, daño cerebral adquirido, enfermedad mental como la esquizofrenia, y otras enfermedades neurológicas.

Además, se está trabajando en actualizar este listado para incluir nuevas patologías que impactan significativamente en la esperanza de vida.

¿Cómo puedes hacer un cálculo de la pensión?

La fórmula para calcular la pensión en casos de jubilación anticipada por discapacidad se centra en el periodo efectivamente cotizado, sin aplicar penalizaciones por adelanto en la edad de jubilación.

Con 15 años cotizados, se tiene derecho al 50% de la base reguladora, incrementándose gradualmente hasta alcanzar el 100% con 36 años y 6 meses cotizados. Este esquema garantiza que los beneficiarios accedan a una pensión justa, reflejo de su contribución al sistema, sin mermas por la anticipación en la edad de jubilación.

Cabe destacar que la legislación aplica coeficientes reductores que permiten la reducción de la edad de jubilación hasta los 52 años, basados en el grado de discapacidad y, en casos específicos, la necesidad de asistencia de terceros para la vida diaria. Todo esto, refleja una perspectiva holística y justa hacia las necesidades de las personas con discapacidad, facilitando su transición hacia una jubilación más digna.

La implementación de este nuevo decreto es un hito importante en la protección social de las personas con discapacidad en España, que ofrece una vía de jubilación anticipada, reconociendo las particularidades de este colectivo.

A través de estas medidas, se pretende promover una sociedad más inclusiva, asegurando que las personas con discapacidad disfruten de sus derechos de jubilación en condiciones equitativas.


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