Incrementa tu pensión en más de 500 euros en abril: el IMSERSO anuncia este nuevo complemento

Una ayuda esperada que, sin duda, va a causar gran alivio para millones de españoles. Así es como el Instituto de Mayores y Servicios Sociales ha anunciado una medida de apoyo que consiste en un complemento anual de 525 euros. Este complemento, eso sí, está destinado específicamente a los titulares de pensiones no contributivas que residan en viviendas de alquiler. Este complemento se abona en un único pago anual, y su objetivo es aliviar, aunque sea de manera superficial, la gran carga económica que tienen los pensionistas con menores ingresos, sobre todo aquellos que, hoy por hoy, no tienen una vivienda en propiedad y viven de alquiler.

¿Quiénes pueden necesitar esta ayuda?

Muchos de estos pensionistas han trabajado en empleos sin la capacidad o la oportunidad de cotizar suficiente para una pensión contributiva. Al recibir este complemento, pueden cubrir mejor sus gastos de alquiler, lo que les da una mayor estabilidad y tranquilidad. No tener que preocuparse constantemente por el próximo pago del alquiler significa poder enfocarse en disfrutar de lo que realmente son, sus «años dorados».

Además, el hecho de no ser propietario de una vivienda a menudo limita las opciones de los ancianos, haciendo que dependan más de familiares o de sistemas de apoyo social. Y es que, a medida que las personas envejecen, sus necesidades de salud se vuelven más complejas y costosas. Por eso, este complemento ayuda a aliviar parte de la carga económica del alquiler y también actúa como un amortiguador contra la inseguridad económica que sigue presente en la sociedad actual.

Incremnta tu pensión en más de 500 euros en abril: Requisitos de la ayuda

No todo el mundo tiene derecho a recibir esta ayuda. Para ello, hay que cumplir una serie de requisitos que te detallamos a continuación:

  • Edad mínima de 65 años. Este criterio asegura que el beneficio esté dirigido a personas mayores, que típicamente enfrentan mayores dificultades económicas y de salud.
  • No ser propietarios de una vivienda. Un requisito que busca, de alguna manera, focalizar el complemento en los pensionistas que no poseen un activo inmobiliario que podría potencialmente ser utilizado para generar ingresos extra.
  • Titularidad del contrato de arrendamiento. Ser el titular del contrato de arrendamiento implica que el pensionista tiene un acuerdo formal con el arrendador para ocupar la vivienda. Todo de manera legal.
  • No mantener una relación conyugal ni de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador. Otro criterio importante que tiene el objetivo de prevenir conflictos de interés o situaciones de fraude donde el complemento podría ser reclamado de manera indebida.

¿Cómo puedes solicitar la ayuda si cumples con los requisitos?

Las personas interesadas en solicitar la ayuda que residen en viviendas alquiladas deben dirigirse a los órganos competentes dentro de su localidad. En España, esto incluye las respectivas Comunidades Autónomas, las Diputaciones Forales en el País Vasco y Navarra, así como las Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en Ceuta y Melilla.

Algo muy importante: El proceso para solicitar este complemento debe completarse antes del 31 de diciembre de 2024. Todo esto, con vista a que si existen problemas o falta de documentación, de tiempo suficiente para solucionarlo.

El proceso de verificación se rige por el Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto. Un decreto que establece las normas específicas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a los pensionistas.


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