Esto es lo que pasa si pides la Incapacidad temporal estando en paro

Cuando una persona está cobrando el paro y se enfrenta a una situación de baja por incapacidad temporal, se desencadenan diversas circunstancias que pueden influir de manera directa en la duración y cuantía de la ayuda que perciben.

Según ha detallado Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), estas situaciones varían en función de si la persona recibe una prestación por desempleo o un subsidio por desempleo.

Baja la laboral con prestación por desempleo

En el escenario donde se cobra una prestación contributiva por desempleo y se presenta una baja por incapacidad temporal, el SEPE continúa abonando la ayuda y cotizando en la Seguridad Social durante la incapacidad temporal. En este contexto, la duración de la prestación se mantiene sin cambios, y no es necesario realizar trámites adicionales en el SEPE. No obstante, se distinguen dos situaciones particulares:

  • Incapacidad temporal no derivada de una recaída de una incapacidad anterior durante la vigencia de un contrato de trabajo: En este caso, al finalizar el período de prestación contributiva, se continúa percibiendo la prestación por incapacidad temporal, con un importe equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Incapacidad temporal resultante de la recaída anterior iniciada durante la vigencia de un contrato de trabajo: La persona seguirá recibiendo la prestación, con el mismo importe que la prestación por desempleo. En esta situación, si al concluir la prestación contributiva se permanece en incapacidad temporal., se continúa percibiendo la prestación con el mismo importe previo.

En ambos casos, al finalizar la incapacidad temporal, y cumpliendo con los requisitos establecidos, se puede solicitar un subsidio por desempleo, una vez concluida la prestación por desempleo de nivel contributivo.

Incapacidad temporal con subsidio por desempleo

Por otro lado, cuando una persona está recibiendo un subsidio por desempleo y se encuentra en una situación de baja temporal, la cuantía de la ayuda proporcionada por el SEPE no sufre variación. No obstante, es esencial presentar en la oficina de empleo el certificado médico que justifique dicha condición. Es importante tener en cuenta que, al concluir el subsidio, no se tiene derecho a una prestación económica por incapacidad temporal, incluso si persiste la enfermedad, dado que no se encuentra en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social para esta prestación.

La gestión de situaciones de baja por incapacidad temporal en el contexto de la percepción del paro es esencial para que se puedan comprender y salvaguardar los derechos de los beneficiarios. La claridad que proporciona el SEPE sobre las distintas circunstancias y sus implicaciones brinda seguridad y orientación a las personas que están atravesando estas coyunturas. La adaptabilidad del sistema a la diversidad de casos asegura una respuesta adecuada a las necesidades de los ciudadanos, promoviendo de esta manera la protección social en un marco de comprensión y transparencia. Este enfoque, al tiempo que se alinea con las políticas de empleo y seguridad social, contribuye a garantizar una asistencia integral a todos los individuos que se encuentran en una situación de desempleo e incapacidad temporal.


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