Esto es lo que deben hacer los herederos con la declaración de la Renta de una persona fallecida

Inicio del plazo de presentación Hoy comienza la declaración de la Renta 2023 y lamentablemente para algunos significa un momento crucial para herederos de personas fallecidas. A pesar del dolor que pueda suponer, es imperativo que tomes medidas respecto a la declaración de impuestos del fallecido y sus posibles deudas.

En este artículo te explicaremos qué consideraciones debe tener en cuenta todo aquel que ha perdido recientemente a un familiar y buscar la manera de solucionar todos los problemas lo antes posible. Si una persona ha fallecido, ¿se debe declarar el impuesto sobre la renta? ¿Cómo puedo hacer esto? Estas y muchas otras preguntas serán respondidas aquí, así que sigue leyendo.

¿Debe el fallecido declarar el impuesto sobre la renta?

La respuesta a esta pregunta es claramente sí. Los requisitos para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta son universales, es decir, son los mismos para todos, por lo que Los herederos deberán presentarlo si el familiar fallecido recibió más de 22.000 euros de un pagador o 15.000 euros de dos pagadores., con importe superior a 1.500 euros del otro pagador. Estos datos nos resultarán familiares porque son un conjunto de datos para cada ciudadano.

Sin embargo, este escenario no sólo afecta a trabajadores o personas fallecidas, como vemos en este artículo, también incluye a diferentes segmentos de la población, como jubilados, ya sea que reciban una pensión pública o estatal o tengan un plan de pensiones privado. Esto se debe a que las pensiones son consideradas como ingresos del trabajo y por tanto como una obligación de pagar impuestos.

¿Cómo presento una declaración de impuestos sobre la renta de mi familiar fallecido?

La responsabilidad en esta materia recae en los herederos del fallecido por el método individual, aunque gracias a Hacienda también sabemos que si el fallecido pertenecía unidad familiar, pueden decidir tributar juntos si se deducen los ingresos de la persona fallecida.

Otra cuestión que debemos abordar es que al haber fallecido la persona será inviable cualquier sistema de identificación en la plataforma de presentación de ingresos, como el certificado digital o Cl@ve. Si nos encontramos en esta situación, necesitamos saber hay dos maneras:

  • El primero y en mi opinión es el más fácil. ir personalmente a una de las oficinas. Para ello debemos solicitar una cita con el nombre e identificación del fallecido y permitir que solo estén presentes los herederos.
  • Otro método es hacerlo electrónicamente usando El sistema RENO. Para ello necesitaremos el DNI del fallecido, la fecha de vigencia y la casilla 505 de ingresos del año anterior.

Una vez finalizado el proceso, si encontramos que el ingreso es a devolver y dependiendo del importe, los herederos deben completar el Formulario H-100 («Solicitud de pago de devolución a herederos»), que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Tenemos que recordar que si el importe que aparece es inferior a 2.000 eurostenemos un deber presentar varios documentos:

  • Acta de defunción.
  • Libro de familia completo.
  • Certificado del Registro de Últimas Voluntades.
  • Voluntad.
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta de los beneficiarios.
  • Si fueran más herederos se deberá adjuntar poder escrito y firmado y fotocopias de las cédulas de identidad de todos ellos.

En el caso de que la cantidad que nos devuelva el fisco del Estado procedente de la Hacienda sea superior a 2.000 euros, será necesario añadir a la documentación anterior comprobante de declaración del impuesto sobre sucesiones y donaciones cantidad devuelta.

¿Qué pasa si mi familiar tiene deudas y muere?

Según la ley general tributaria, específicamente en el artículo 39, se establece que «Tras el fallecimiento de los contribuyentes, las obligaciones tributarias pendientes se transferirán a los herederos.» Con ese Podemos deducir que se transfieren las deudas y no las sanciones.los primeros haciéndolo en la misma cuantía o situación en que se encontraban al momento de la muerte de la persona.


Quizás te interese: