Esta es la pensión máxima que vas a poder cobrar si accedes a la jubilación anticipada

En un contexto donde la flexibilidad laboral y las decisiones de vida cobran cada vez más importancia, la jubilación anticipada se perfila como una opción atractiva para muchos. Sin embargo, en este 2024, quienes deseen adelantar su retiro laboral deben estar especialmente atentos a los cambios y requisitos que rigen este proceso, así como a las penalizaciones que conlleva.

A partir de este año, la edad oficial para retirarse se sitúa en 66 años y 6 meses para aquellos con menos de 38 años de cotización y en 65 años para los que superan este periodo de contribución. No obstante, existe la posibilidad de jubilarse de manera anticipada, una opción que, pese a sus atractivos, implica ciertas condiciones y reducciones en la pensión.

Cómo acceder a la jubilación anticipada

La jubilación anticipada se divide en dos modalidades: voluntaria e involuntaria. La primera permite el retiro hasta dos años antes de la edad legal establecida, con requisitos específicos para acceder a ella:

  • Edad mínima: Para 2024, se ha ajustado la edad mínima a 64 años y 6 meses para quienes han cotizado menos de 38 años, y se mantiene en 63 años para los que han superado este tiempo de cotización.
  • Periodo de cotización: Es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud de jubilación.
  • Cuantía de la pensión: El importe de la pensión resultante debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al solicitante al alcanzar los 65 años.

Optar por la jubilación anticipada no está exento de penalizaciones, las cuales se calculan mediante coeficientes reductores aplicados a la pensión ordinaria que se habría percibido. Estos coeficientes varían en función del número de meses de adelanto con respecto a la edad de jubilación ordinaria y del periodo total de cotización:

  • Para quienes anticipen su jubilación hasta 24 meses y cuenten con menos de 38 años y 6 meses cotizados, la penalización máxima será del 21%.
  • Por otro lado, aquellos con más de 44 años y 6 meses de cotización verán la mínima penalización de 2,81% al adelantar un mes su jubilación.

Es relevante mencionar que quienes accedan a la jubilación anticipada desde el subsidio por desempleo estarán sujetos a las penalizaciones de la modalidad involuntaria, limitando esta opción solo a empleados por cuenta ajena.

Penalizaciones con la pensión máxima

Como hemos indicado, los trabajadores que opten por jubilarse antes de tiempo enfrentarán reducciones en su pensión. Cabe destacar que estas penalizaciones se realizarán, incluso si esta supera el tope anual establecido. Esto significa que si el cálculo de la pensión resulta mayor al máximo permitido, se reducirá para ajustarse a este límite. Posteriormente, se le aplicará el descuento pertinente por elegir retirarse anticipadamente.

Para el año 2024, el monto máximo establecido para las pensiones públicas es de 44.450,56 euros al año, lo cual equivale a 3.175,04 euros al mes distribuidos en 14 pagas. Estas serán las penalizaciones según cuándo decidas jubilarte si puedes optar a la pensión máxima:

  • Adelanto de hasta tres meses: La pensión experimentará una reducción del 0,5%, quedando en 3.159,16 euros mensuales.
  • Adelanto entre tres y seis meses: La pensión sufrirá una reducción del 1%, situándose en 3.143,29 euros mensuales.
  • Adelanto entre seis y nueve meses: La pensión se reducirá un 1,5%, alcanzando los 3.127,41 euros mensuales.
  • Adelanto entre nueve y doce meses: La pensión se reducirá un 2%, siendo de 3.111,54 euros mensuales.
  • Adelanto entre 12 y 15 meses: La pensión se reducirá un 2,5%, fijándose en 3.095,66 euros mensuales.
  • Adelanto entre 15 y 18 meses: La pensión se reducirá un 3%, siendo de 3.079,79 euros mensuales.
  • Adelanto entre 18 y 21 meses: La pensión se reducirá un 3,5%, siendo de 3.063,91 euros mensuales.
  • Adelanto entre 21 y 24 meses: La pensión se reducirá un 4%, quedando en 3.048,04 euros mensuales.
  • Adelanto entre 24 y 27 meses: La pensión se reducirá un 4,5%, situándose en 3.032,16 euros mensuales.
  • Adelanto entre 27 y 30 meses: La pensión se reducirá un 5%, alcanzando los 3.016,29 euros mensuales.
  • Adelanto entre 30 y 33 meses: La pensión se reducirá un 5,5%, siendo de 3.000,41 euros mensuales.
  • Adelanto entre 33 y 36 meses: La pensión se reducirá un 6%, fijándose en 2.984,54 euros mensuales.
  • Adelanto entre 36 y 39 meses: La pensión se reducirá un 6,5%, siendo de 2.968,66 euros mensuales.
  • Adelanto entre 39 y 42 meses: La pensión se reducirá un 7%, quedando en 2.952,79 euros mensuales.
  • Adelanto entre 42 y 45 meses: La pensión se reducirá un 7,5%, situándose en 2.936,91 euros mensuales.
  • Adelanto entre 45 y 48 meses: La pensión se reducirá un 8%, alcanzando los 2.921,04 euros mensuales.