Es una situación difícil. En casos de separación legal, divorcio o lo que también se conoce como anulación matrimonial, surge la duda de si es posible acceder a la pensión de viudedad. La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social. Esta pensión, una prestación contributiva gestionada por este organismo, se concede cuando el cónyuge o ex cónyuge ha fallecido, bajo condiciones específicas tanto para el difunto como para el sobreviviente.
En cualquier caso, para que un individuo pueda ser beneficiario de esta pensión, es necesario que su pareja fallecida haya cumplido con ciertos criterios para ello. Solo así se podrá conceder la prestación de viudedad.
Esta es la pensión de viudedad que te corresponde si te has divorciado y el fallecido cumple con los requisitos.
Para poder cobrar la pensión de viudedad, el fallecido debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta en la fecha de su defunción. Además de eso, es necesario que haya cotizado un mínimo de 500 días dentro de los cinco años anteriores a su fallecimiento.
Si el fallecido no estuviera dado de alta, se requiere que haya acumulado un periodo de cotización de al menos 15 años. Sin embargo, este requisito no es necesario si el deceso ocurre por accidente o por enfermedad profesional.
También se genera derecho a la pensión de viudedad si el fallecido estaba percibiendo una pensión de jubilación contributiva, o bien, tenía derecho a ella en el momento de su muerte sin que se hubiera solicitado. También se aplicaría en caso de una incapacidad permanente.
Si el fallecido tenía derecho a algún subsidio por incapacidad temporal, es esencial que haya cumplido con el periodo de cotización necesario para estos casos. Esto asegura que su situación laboral activa y sus contribuciones previas al sistema le permitían acceder a esos beneficios en el momento de su muerte.
¿Qué requisitos debe tener el viudo/a?
En lo que se refiere a la pensión de viudedad para divorciados, hay condiciones adicionales que se deben considerar para asegurar la elegibilidad a esta prestación. Es fundamental que el beneficiario divorciado no haya contraído un nuevo matrimonio ni se haya registrado como nueva pareja de hecho tras el divorcio. Este criterio busca confirmar que el derecho a la pensión de viudedad se mantenga (de verdad) en el contexto de la relación con el cónyuge fallecido. Estas medidas son diseñadas para proteger tanto los intereses del estado como los de la persona que recibirá la pensión, garantizando que las ayudas se den de manera justa a las circunstancias personales de cada caso.
Este tipo de prestación es un apoyo para muchas personas que, tras una separación o bien, la pérdida de su pareja, enfrentan no solo el desafío emocional sino también el económico. Así, se considera una ayuda que no solo incrementa su bienestar, sino que, de alguna manera, le permite seguir con su vida.
Es importante que las personas en estas circunstancias se informen y consulten con expertos o directamente con la Seguridad Social para entender sus derechos de manera personalizada y los pasos a seguir para reclamar esta pensión. La legislación en torno a las pensiones de viudedad es compleja y varía según el caso específico de cada uno, por lo que una asesoría correcta y dada por especialistas es vital para garantizar que los derechos de las personas que han sobrevivido al fallecido sean respetados.