Esta es la manera para que cobres una pensión si vives fuera de España

Vivir en el extranjero plantea distintas cuestiones sobre la continuidad de poder recibir pensiones y ayudas. Este análisis no resulta sencillo para los pensionistas, desempleados y beneficiarios de prestaciones o subsidios al trasladarse fuera de España, destacando aspectos clave para entender y preservar estos beneficios.

Las pensiones contributivas, que incluyen jubilación, incapacidad permanente, viudedad y otras, generalmente son compatibles con la residencia en el extranjero.

Sin embargo, surgen excepciones significativas. Por ejemplo, aquellos que reciben un complemento a mínimos, diseñado para completar pensiones contributivas que no alcanzan el mínimo legal, pierden este beneficio al residir fuera de nuestro país.

El matiz se hace más complejo en el caso de las pensiones por incapacidad permanente. Si el beneficiario tiene 55 años o más y recibe un 75% de la base reguladora, perderá ese 20% adicional al dejar de vivir en España.

Pensión fuera de España

Las pensiones de jubilación, excepto las de carácter parcial, flexible y activo, pueden cobrarse en el extranjero. Sin embargo, es crucial informar al Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre el cambio de residencia para asegurar la continuidad de los pagos.

Es importante tener en cuenta que los pensionistas que viven fuera de España tendrán la obligación de demostrar anualmente ante la Seguridad Social que siguen vivos. Este proceso evitará cobros indebidos y la pérdida de la prestación.

Sin embargo, las pensiones no contributivas, como las de invalidez y jubilación sin nivel contributivo, solo se pueden percibir si se reside en España. Este requisito subraya la importancia de evaluar cuidadosamente las implicaciones al mudarse al extranjero.

En cuanto a las prestaciones contributivas y subsidios por desempleo, las reglas varían según el motivo y la duración del traslado al extranjero. Por razones laborales, si el traslado es inferior a doce meses, la prestación o subsidio se suspende; si excede ese plazo, se extingue.

Para los beneficiarios de la Renta Activa de Inserción (RAI), que se hayan trasladado al extranjero por motivos laborales con una duración inferior a seis meses permite la suspensión temporal del beneficio, mientras que un periodo superior resulta en la extinción. En estos casos también existe la obligación de notificar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sobre el traslado para así cumplir con los requisitos establecidos.

En el caso de traslados no laborales, si la duración es inferior a 15 días naturales al año, se permite seguir cobrando esta prestación. Pero si supera los 15 días y llega hasta 90, las prestaciones se suspenden de forma temporal. Un traslado sin motivación laboral que exceda los 90 días imposibilita el cobre de las prestaciones.

Por tanto, si vives o vas a trasladarte al extranjero en las próximas fechas, deberás estar pendiente a la legislación vigente para saber si vas a poder seguir cobrando la pensión y qué proceso debes llevar a cabo para que la Seguridad Social siga abonándote estas mensualidades. Aunque es de esperar que se realicen cambios en la normativa tras la formación de Gobierno, debes saber que si vas a poder cobrar una pensión contributiva en el extranjero, y las no contributivas estarán sujetas a las circunstancias personales de la persona que la perciba.


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