Esta es la edad de acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad

La posibilidad de acceder a la jubilación anticipada para personas con discapacidad está condicionada por diversos factores, siendo el grado de discapacidad un elemento determinante.

La Seguridad Social establece requisitos específicos para este colectivo, buscando adaptar las condiciones a las particularidades de quienes enfrentan limitaciones funcionales.

En este contexto, es esencial comprender las condiciones y los cambios normativos que han influido en este proceso.

Discapacidad y jubilación anticipada

En términos generales, las personas con discapacidad pueden optar por la jubilación anticipada, pero las condiciones varían en función del grado de discapacidad y el tiempo de cotización. Aquellos con una discapacidad igual o superior al 45% que hayan cotizado durante al menos cinco años con la discapacidad reconocida pueden acceder a esta modalidad de jubilación anticipada.

Es importante destacar que la edad ordinaria de jubilación puede reducirse mediante coeficientes reductores para aquellos con discapacidad igual o superior al 65%. Asimismo, aquellos con discapacidad igual o superior al 45%, en casos reglamentariamente determinados con evidencias de una reducción significativa de la esperanza de vida, también pueden beneficiarse de esta reducción.

En mayo de 2023 el Gobierno español aprobó un real decreto que mejoró el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad superior al 45%. Este decreto redujo el período de cotización exigido de 15 a 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad, facilitando así el acceso a este beneficio.

En cuanto a la edad de jubilación anticipada para personas con discapacidad, esta varía según el grado de discapacidad de cada individuo. Aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 45% pueden acceder a la jubilación anticipada a partir de los 56 años, mientras que aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65% pueden hacerlo a partir de los 52 años.

Cómo solicitar la jubilación

Para ser elegible, los trabajadores, tanto por cuenta ajena como propia, deben estar dados de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social y acreditar un tiempo efectivo de trabajo equivalente al período mínimo de cotización requerido. Este período debe estar comprendido dentro de su vida laboral y debe incluir al menos cinco años de trabajo con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

La acreditación del grado de discapacidad se realiza mediante un informe médico que indique la fecha de inicio o manifestación de la patología. Además, la certificación de una discapacidad igual o superior al 45% durante al menos cinco años debe obtenerse a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Este certificado debe especificar la fecha de inicio o manifestación de la discapacidad.

La valoración del grado de discapacidad del 45% requiere la presentación de certificados que demuestren la suma de porcentajes de discapacidad en diferentes dolencias, así como el cumplimiento de los criterios establecidos en los «baremos complementarios». Además, al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado debe aparecer en el listado de patologías y representar al menos el 33% del total del grado de discapacidad acreditado.

Por tanto, la jubilación anticipada para personas con discapacidad está condicionada por diversos factores, incluido el grado de discapacidad y el tiempo de cotización. Las regulaciones vigentes y los cambios normativos, como el real decreto de mayo de 2023, han influido en la accesibilidad a este beneficio, facilitando el proceso para aquellos con discapacidad igual o superior al 45%.


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