La Seguridad Social puede embargar la pensión contributiva a los beneficiarios si tienen deudas con la Agencia Tributaria. En este contexo, existen ciertas condiciones que hacen que una persona pueda perder el derecho a recibir una parte de la cuantía mensual.
En los casos en los que la Seguridad Social deba retirar una parte de la cuantía a los pensionistas, se establecen ciertos límites económicos a partir de los cuáles se puede aplicar el embargo de la pensión.
Por esta razón, es conveniente que las personas que quieran acceder a estas pensiones contributivas tengan las cuentas pendientes saldadas con la Administración. En caso contrario, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria podrán embargar la pensión a los beneficiarios de dicha ayuda.
Las pensiones contributivas en España tienen como objetivo principal ayudar en su economía a los sectores de la población más vulnerables. Por ello, existen varias modalidades dependiendo de las necesidades: jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares.
¿Qué cantidad de la pensión de la Seguridad Social pueden embargar?
Como ya hemos indicado, la Seguridad Social puede embargar la pensión contributiva cuando los beneficiarios tengan deudas con Hacienda. No obstante, existen unos límites de rentas que hay que tener en cuenta para saber qué cantidad pueden retirar de la prestación.
La ley establece estos porcentajes para embargar la pensión:
- Embargo del 30% para cuantías hasta el doble del SMI.
- Embargo del 50% para pensiones entre 2.160 y 3.240 euros.
- Embargo del 60% para ingresos hasta tres veces el SMI.
- Embargo del 75% si el importe de la pensión o sueldo es cuatro veces mayor al SMI.
- Embargo del 90% si se tiene un ingreso cinco veces superior al SMI
Una de las cosas más importantes a tener en cuenta es que el organismo no puede embargar la totalidad de la pensión del ciudadano. En estos casos, la Seguridad Social retira un porcentaje, que se calcula en relación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente situado en 1.080 euros brutos al mes en 14 pagas.
Excepciones para pensiones inferiores al SMI
Tal y como ya hemos visto, las pensiones que se sitúen por debajo del SMI no pueden ser embargadas por la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Por lo tanto, el organismo establece una serie de excepciones que se deberán tener en cuenta si ocurre esta situación.
- Entre el 10% y el 14%, siempre y cuando el importe que se debe devolver sea inferior a la pensión mínima de jubilación.
- Entre el 15% y el 20% si el importe a devolver es igual o superior y adicionalmente la persona tiene un cónyuge a cargo.
- Entre el 21% y el 30%, cuando el total a devolver es superior a la mitad de la pensión máxima.
Las razones por las cuáles pueden quitar la pensión a una persona que cobre por debajo del SMI, incluyen la devolución de prestaciones o subsidios que se han cobrado de forma indebida. O, en su caso, aquellos que haber hecho un mal uso de los subsidios de la Seguridad Social o de las prestaciones.