El Gobierno anuncia cambios por sorpresa en la jubilación: así será a partir de ahora

Este año El año 2024 llega con nuevas reglas seguridad social, entre los cuales se están considerando algunos jubilación anticipada y sus condiciones actuales. La Seguridad Social prepara toda una nueva ley y diez reales decretos, que veremos este año con la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Elma Saiz al frente. Un total de once nuevas normas que regularán, además de la pensión cuestiones de inmigración e industrias como la pesca entre otros.

Nuevas formas de pensión

Está claro que En lo que respecta a la jubilación, hemos estado viendo cambios últimamentecomo el nacimiento de la posibilidad jubilarse parcialmente y empezar a recibir el 50% de la pensión de vejez, recibiendo el 50% restante por el trabajo que el empleado continúa realizando a tiempo parcial.

En este caso lo es los cambios que traerán estas reformas conectado con jubilación anticipada y conciernen a aquellas personas que trabajan en sectores reconocidos como «doloroso, forzado o tóxico«.

Cambios de jubilación y otros asuntos

Saiz, responsable de la cartera de Seguridad Social y Migraciones, será quien lidere estos cambios aprobando un real decreto para regular la situación de estos trabajadores así como otras materias relacionadas con el trabajo y las migraciones.

En cuanto a aquellos trabajadores en sectores considerados dolorosos, forzados o tóxicos, se les está trabajando facilitar el retiro anticipado a través de un reforma de los coeficientes reductores de sus pensiones. El objetivo negociado por empresarios, sindicatos y gobierno, como suele ser el caso en estos casos, es este Estas personas pueden jubilarse a partir de los 52 años.

«La aplicación de los coeficientes reductores no puede dar lugar a que el solicitante perciba una pensión de jubilación cuando tenga menos de 52 años. Esta restricción no afectará a los trabajadores de regímenes especiales (trabajadores del carbón y del mar) a los que se les reconocieron coeficientes reductores de la edad de jubilación el 1/1/2008, en cuyo caso se seguirán aplicando las normas establecidas en la normativa anterior.», apunta a la seguridad social en su sitio web oficial.

A esto añade que: «A partir del 01/01/2008, los coeficientes reductores no se tendrán en cuenta a efectos de acreditar la edad exigida para la jubilación parcial, la jubilación anticipada con la condición de mutualista y cualquier otro tipo de jubilación anticipada, ni para los adicionales porcentaje para quienes se jubilan después de la edad normal de jubilación.«

Otros cambios relacionados con la prejubilación

Para otros estratos de la población que no realicen trabajos considerados extenuantes, forzados o tóxicos, también se propone una norma que considere cambios en el coeficiente de reducción. va o.a descendencia coeficiente reductor, que hoy se aplica a las personas con pensiones máximas que se jubilaron anticipadamente y cotizaron menos de 38 años y seis meses a la seguridad social durante su vida laboral.

En estos casos antes de la reforma Una persona que se jubiló anticipadamente perdió el 21% de su pensiónmientras con las nuevas propuestas perderán el 5,7%, lo que supone una importante disminución del coeficiente reductor.

Así, una persona que percibiera una pensión máxima de 3.175,04 euros al mes pasaría a recibir 2.994,06 euros al mes con un nuevo coeficiente reductor. Si partiéramos del antiguo estándar, con el mismo salario y un coeficiente reductor del 21%, la misma persona recibiría 2.508,29 euros al mes por el importe de su pensión máxima en caso de jubilación anticipada.


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