¿Cuánto tiempo se puede estar de baja por incapacidad temporal?

La incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra de baja laboral debido a unas lesiones o enfermedades. Durante el periodo de tiempo en el que el trabajador no se encuentra capacitado para trabajar, recibe una prestación económica.

Tal y como indica su propio nombre, se trata de una situación temporal. Es decir, cuando el trabajador recibe el alta médica debe regresar a su puesto de trabajo con total normalidad. No obstante, en ocasiones, la incapacidad temporal puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.

Las causas que pueden dar lugar a una baja laboral por incapacidad temporal son las mismas que para una pensión de incapacidad permanente: Accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente no laboral o enfermedad común.

Duración de incapacidad temporal

Por norma general, la duración máxima de una incapacidad temporal es de un año. No obstante, existe la posibilidad de establecer diferentes prórrogas hasta un tiempo máximo limitado.

Baja laboral de la Seguridad Social./ Licencia Adobe Stock
Baja laboral./ Licencia Adobe Stock

Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘, especialistas en incapacidad laboral, explican que en un periodo aproximado de un año la Seguridad Social citará al trabajador para analizar su situación. Normalmente, esta revisión tiene lugar antes de cumplir el año de baja por incapacidad temporal.

Tras dicha revisión, pueden darse tres escenarios diferentes:

  1. Recibir el alta médica por curación y regresar al puesto de trabajo con total normalidad.
  2. Que la Seguridad Social proponga al trabajador para el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.
  3. Recibir una prórroga de la incapacidad temporal hasta un máximo de 180 días.

Que la Seguridad Social sea quien proponga al trabajador para recibir una pensión de incapacidad permanente no quiere decir que siempre se vaya a conceder. Es preciso seguir el procedimiento habitual.

Segunda revisión

Si se cumplen los 180 días de prórroga en situación de incapacidad temporal, es habitual que se vuelva a producir una nueva revisión por parte de la Seguridad Social. Así, fruto de esta nueva revisión, pueden darse diferentes opciones:

  1. Que se reconozca definitivamente una pensión de incapacidad permanente.
  2. Que se otorgue el alta médica por curación.
  3. Que se establezca una nueva prórroga extraordinaria de 180 días, hasta un máximo de dos años de baja.

Esta segunda prórroga de incapacidad temporal es muy poco inusual. Únicamente se da en aquellos casos en los que existe una alta probabilidad de curación para dicho periodo.

Cuánto se cobra por incapacidad temporal

La duración máxima es uno de los aspectos que más preocupa a los ciudadanos con respecto a la baja de incapacidad temporal. Si bien, otro de los grandes elementos es la cuantía a percibir durante ese periodo de inactividad laboral.

En caso de que la incapacidad temporal derive de accidente no laboral o enfermedad común, el porcentaje de la base reguladora en la prestación económica es del 60% desde el cuarto al 20º día de baja, ambos incluidos. A partir del día 21, es del 75% de la base reguladora.

Cuando deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el porcentaje de la base reguladora es del 75% desde el primer día de baja. Así, también «existen algunos Convenios Colectivos y Acuerdos de empresa que complementan la prestación por Incapacidad Temporal hasta el 100%», tal y como indican los expertos de ‘CampmanyAbogados‘.


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