¿Cuál es el límite de edad para solicitar esta pensión?

La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que depende de la Seguridad Social. Se concede a una persona cuando por enfermedad o accidente, sea este laboral o no, ve limitada o impedidas del todo sus posibilidades para desarrollar una actividad profesional. No obstante, esta situación es revisable.

Por tanto, la incapacidad permanente puede ser consecuencia de una enfermedad común o laboral, o un accidente fuera del trabajo o dentro del mismo. No obstante, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), es el que decide los requisitos necesarios para acceder a esta prestación, del mismo modo que es quien establece a quien se le concede la prestación o no.

El primero de los requisitos es estar afiliado a un régimen de la Seguridad Social. Además, si la incapacidad permanente es con secuencia de una enfermedad común, este organismo sí exige un período mínimo de cotización. Sin embargo, para el resto de casos origen de esta prestación, este requisito no es imprescindible.

La cuantía de la pensión varía en función de varios factores. No obstante, el importe mínimo de esta prestación está en los 905 euros. En el otro extremo, la cuantía máxima llega hasta los 3.059 euros. Pero, ¿Qué determina que un beneficiario reciba más o menos dinero? En gran parte, el grado que le designe la Seguridad Social.

Grados de incapacidad permanente

Los grados de incapacidad permanente están establecidos para clasificar la dolencia de la persona que solicita la prestación. La Seguridad Social es el organismo público que lleva a cabo esta clasificación contando con la valoración de un tribunal médico. Los cuatro grados que distinguen son: Incapacidad permanente parcial, tota, absoluta y gran invalidez.

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La edad de jubilación es el límite para cobrar esta pensión por incapacidad permanente / Foto Canva

Una de las grandes diferencias entre los grados, es la posibilidad del trabajador para seguir desarrollando su labor. En este caso, el tribunal médico debe determinar si el solicitante tiene capacidad para seguir desarrollando su trabajo, puede buscar un empleo más acorde a sus nuevas circunstancias o si no puede trabajar. En este sentido, con la incapacidad permanente parcial y total, el solicitante podrá trabajar y con los otros dos grados, no podrá hacerlo.

Límite de edad para solicitar esta pensión

Existe un límite para que una persona que aspira a una pensión por incapacidad permanente pueda solicitar tal prestación: La jubilación. Si el trabajador sufre cualquier tipo de enfermedad o accidente que le impida desarrollar su actividad profesional, pero ha cumplido la edad para jubilarse, este deberá acogerse a la pensión de jubilación.

Cabe recordar, que en España la edad de jubilación son los 65 años para todas aquellas personas que lleguen a esa edad habiendo cotizado al menos, 37 años y nueves meses. De lo contrario, deberá esperar a cumplir la edad ordinaria de jubilación, que en 2023 es a los 66 años y cuatro meses.

Otra opción que se da habitualmente, es que una vez


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