Atención jubilados: Hacienda anuncia una importante novedad en este mes de mayo

En un mundo cada vez más digitalizado, donde la tecnología se ha vuelto parte integral de nuestras vidas, algunos sectores de la población, especialmente los jubilados, pueden enfrentar dificultades para adaptarse a los nuevos avances. Y más aún, si no tienen un centro al que acudir, como es el caso de personas mayores que viven en núcleos rurales.

Uno de los momentos en los que esto se vuelve más evidente es durante la temporada de declaración de la Renta, donde el uso de plataformas en línea y la presentación telemática de documentos se ha vuelto casi imprescindible. Este año, el gobierno ha tomado en cuenta estas dificultades y ha tratado de solventarlas, impulsando un plan especial para los jubilados y mayores de edad. Este servicio se prestará en más de 500 municipios, distribuidos en 46 provincias, que cuentan con menos de 3.000 personas.

¿Cuál es el objetivo de esta ayuda? La idea es acercar la atención tributaria a aquellas personas que pueden tener más dificultades para acceder a la tecnología o para desplazarse a las grandes ciudades donde se encuentran las oficinas principales de la Agencia Tributaria. De esta manera, cualquier persona mayor o con algún impedimento que le impida desplazarse o acceder a las tecnologías, podrá presentar su declaración de la Renta. Una declaración que, como veremos a continuación, es obligatoria en muchos casos.

Este plan especial comenzará el 7 de mayo en colaboración con los distintos ayuntamientos, y para poder acceder al mismo será necesario pedir cita previa. El plazo se abrió ayer día 29, por lo que los jubilados ya pueden acceder a este trámite. Para conocer el listado de municipios en los que estará disponible este servicio, se podrá consultar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Todos los jubilados o pensionistas deben presentar la Renta?

No. En líneas generales, están obligadas a presentar la declaración aquellos jubilados que hayan obtenido ingresos por encima de ciertos umbrales establecidos por la ley. Esto abarca a trabajadores por cuenta propia o ajena, empresarios, profesionales y cualquier otro tipo de contribuyente que haya percibido ingresos durante el año fiscal. Esto entraría de lleno para la población en general.

En general, todos los jubilados están sujetos a las mismas reglas fiscales que el resto de los contribuyentes, pero existen algunas «excepciones a la regla» que es importante tener en cuenta, sobre todo porque no atenderlas puede acarrear fuertes multas. Los pensionistas que perciben una pensión contributiva, ya sea de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad permanente, están obligados a presentar la declaración de la renta si sus ingresos superan los límites que este año están fijados en 22.000 euros.

Esto significa que, si además de la pensión, tienen otros ingresos, como rendimientos del trabajo, alquileres, intereses bancarios, entre otros, que sumados superen los umbrales establecidos, deberán presentar la declaración de la renta.

Por otro lado, los pensionistas que únicamente reciben una pensión y no tienen otros ingresos pueden estar exentos de presentar la declaración de la renta en determinadas circunstancias. Por ejemplo, si el importe de la pensión no supera ciertos límites y no tienen otros ingresos sujetos a tributación, es posible que no estén obligados a presentarla. En cualquier caso, conviene ser cautelosos en este aspecto. La mejor opción es consultar con los expertos en la materia.

Además, con la nueva ayuda del Gobierno, ningún jubilado que viva en entornos rurales tendrá excusa para eludir lo que es una obligación fiscal. Por eso, desde la Grada Online, te recomendamos que tanto si eres el interesado como si conoces a alguien a quien le pueda interesar, siga informándose del procedimiento a seguir.


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