Adiós (casi total) al Impuesto de Sucesiones: el Gobierno aprueba la supresión

Nadie lo esperaba: En un movimiento novedoso y de gran relevancia fiscal, las Cortes Valencianas han dado luz verde a una medida que ha generado un amplio debate en el ámbito tributario español y en muchos valencianos del país. Se trata de la bonificación al 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, una decisión que marca un importante hito en la política económica de la Comunidad Valenciana. Y que, de una forma u otra, afecta también al resto del país.

Adiós (casi total) al Impuesto de Sucesiones en esta comunidad

Esta medida, según lo anunciado por la Generalitat Valenciana, implica la eliminación prácticamente total de la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y percepciones de seguros de vida que se añadan al caudal hereditario, realizadas por parientes del causante pertenecientes a los grupos I y II de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En términos más simples, esto implica que hijos, nietos, padres, cónyuges y otros familiares directos verán reducido drásticamente el gravamen asociado a la herencia recibida.

Lo más llamativo de esta medida es su carácter retroactivo, con efectos que se remontan al 28 de mayo de 2023. Esta retroactividad es de vital importancia para aquellos que se hayan visto afectados por este impuesto en el pasado reciente. Sin embargo, es crucial destacar que existe un plazo límite de seis meses para liquidar este impuesto, por lo que la modificación legislativa debía ser aprobada antes del 28 de noviembre para que los beneficiarios de una sucesión a partir del 28 de mayo de 2023 no tuvieran que asumir el pago del tributo.

Además de la bonificación retroactiva, se introduce una novedad importante en la normativa:

Se contempla un beneficio para las adquisiciones mediante donación u otros actos lucrativos inter vivos celebradas en favor de familiares directos como cónyuges, padres, hijos, nietos y abuelos. Esta medida busca simplificar la regulación existente y ampliar los posibles beneficiarios de la bonificación, incorporando expresamente a los cónyuges del donante.

Bonificación del 99% de la cuota tributaria del ISD

Los cambios propuestos implican una reducción sustancial de la carga fiscal para los herederos y beneficiarios de seguros de vida en la Comunidad Valenciana. Se plantea una bonificación del 99% de la cuota tributaria del ISD para los descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes de una persona considerada residente fiscal en la Comunidad, siempre que se trate de adquisiciones producidas como consecuencia del fallecimiento de esta persona o de percepciones de seguros de vida añadidas a la herencia.

Asimismo, se contempla una bonificación del 99% de la cuota tributaria del ISD para las adquisiciones por donación u otros actos lucrativos realizados en vida a favor de familiares directos, siempre que se cumplan los requisitos.

Este cambio en la política fiscal de la Comunidad Valenciana ha generado opiniones encontradas. Por un lado, se aplaude como un alivio significativo para los contribuyentes, especialmente en un ámbito sensible como es el de las herencias. Por otro lado, algunos críticos argumentan que la supresión casi total del Impuesto de Sucesiones podría tener un impacto negativo en las arcas públicas y en la capacidad del gobierno regional para financiar servicios públicos esenciales.

Con la aprobación de la bonificación al 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana se marca un importante cambio en la política fiscal regional, con beneficios significativos para los contribuyentes y una simplificación en la regulación tributaria. Sin embargo, solo el tiempo revelará el verdadero impacto de esta medida en la economía regional y en la recaudación fiscal a largo plazo.


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