Adiós al IRPF para los jubilados: confirmado que no lo tendrán que pagar en estos casos

Subidas de precios en los servicios básicos, limitaciones. Cada vez que ponemos la televisión nos encontramos con miles de noticias así, pero hoy, los jubilados, uno de los sectores más afectados por este tipo de circunstancias, puede tener un respiro en lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El IRPF es un impuesto que se aplica en España y que grava los ingresos que tienen las personas residentes en el país durante un año fiscal. Este impuesto es progresivo, es decir, que a medida que aumentan los ingresos del contribuyente, también lo hace el porcentaje en la tarifa del impuesto.

Su cálculo se basa en la suma de todos los ingresos netos del contribuyente, es decir, ingresos brutos menos los gastos deducibles y las reducciones aplicables según la ley. Además, existen varias deducciones y reducciones que permiten a los contribuyentes disminuir el importe a pagar por el IRPF o, en este caso, excluir.

Adiós al IRPF para los jubilados: Grupos exentos de pagar el IRPF

Según la última información oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, hay miles de pensionistas que no tendrán que pagar este impuesto siempre que cumplan una serie de criterios que te vamos a contar:

Víctimas de terrorismo

Las pensiones destinadas a las víctimas de actos de terrorismo en España están exentas del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así es como el Estado no solo ofrece un respaldo económico, también un reconocimiento al daño y las consecuencias de un acto como este.

Pensiones de guerra

Los beneficiarios de pensiones derivadas de lesiones sufridas durante la Guerra Civil Española están exentos de pagar el IRPF. Esta medida es importante, ya que toma en cuenta la historia del país y los sacrificios personales de quienes vivieron en una época de terror.

Incapacidad permanente

Las pensiones otorgadas a individuos que han quedado totalmente incapacitados para cualquier tipo de trabajo debido a enfermedades o lesiones graves, y que están cubiertos por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, no están sujetas a tributación.

Pensiones de orfandad

Los huérfanos que reciben pensiones actualmente también están exentos de pagar impuestos sobre estos ingresos. El motivo es simple: una preocupación menos para que puedan enfocarse en su educación y desarrollo personal sin las preocupaciones económicas que podrían acompañar a una pérdida. Sin contar con las preocupaciones emocionales ya presentes.

Indemnizaciones por prisión

Las indemnizaciones recibidas relacionadas con tiempos de prisión por motivos políticos o durante el régimen anterior en España, también están exentas de tributación. Es decir, aquellas anteriores a 1977.

Pensionistas de clases pasivas con discapacidad

Los pensionistas que forman parte del sistema de clases pasivas y que tengan una discapacidad del 33% o más, están exentos del IRPF. Además, sin necesidad de presentar un certificado de discapacidad. Esta simplificación del proceso administrativo elimina una barrera que podría complicar el acceso a beneficios esenciales para quienes ya tienen las cosas más difíciles.

Todas estas medidas que te hemos contado van más allá de una simple reducción. Estas medidas reflejan un enfoque comprensivo del gobierno hacia los grupos vulnerables de la sociedad. De esta manera es como se crea una política fiscal que no solo sea justa sino también equitativa para todos. Y es que, al final, lo que se busca con estas exenciones es que todos los ciudadanos tengan la vida que merecen.

 


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