Adiós a la pensión de jubilación en 2024, podría ser el sentir de muchos si no están al tanto de cómo sus deudas pueden afectar lo que reciben de la Seguridad Social. Todo esto entro de un contexto donde las pensiones, al igual que los salarios, pueden ser sujetas a embargo con algunas excepciones. Por eso, es crucial entender cómo puede impactar las cantidades que se reciben mensualmente y conocer las protecciones disponibles.
La pensión de jubilación, la de incapacidad permanente y viudedad son susceptibles de embargo, pero no de manera indiscriminada. La legislación española establece varios límites y condiciones específicas para proteger a los pensionistas, especialmente a aquellos con cargas familiares o ingresos por debajo de ciertos umbrales.
Adiós a la pensión de jubilación en 2024
Imagina a una persona jubilada que recibe una pensión mensual y tiene a su cargo a su familia. La ley protege parte de esta pensión de ser embargada por deudas, siempre y cuando la cantidad total de la pensión no exceda cinco veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para ponerlo en perspectiva, si el SMI mensual es de 1.000 euros, esto significa que si la pensión total no supera los 5.000 euros mensuales, se aplican ciertas protecciones.
Ahora, supongamos que esta persona tiene una deuda y se enfrenta a un embargo. La ley establece que, debido a sus cargas familiares y dado que su pensión jubilación se encuentra dentro del límite establecido, solo se puede embargar un porcentaje reducido de su pensión. En este caso, dependiendo de la legislación específica, solo se podría aplicar un embargo del 10% o 15% sobre la parte de la pensión que excede el importe protegido.
Por ejemplo, si la pensión mensual fuera de 2.000 euros, y considerando que el SMI es de 1.000 euros, la cantidad protegida se basaría en este umbral. Si la ley permite un embargo del 15% en este caso, solo se aplicaría este porcentaje al excedente de la pensión después de considerar la cantidad básica protegida (el SMI).
Esto es lo que dice la ley
El artículo 44 de la Ley de la Seguridad Social, junto con el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que no se pueden embargar sueldos, pensiones o retribuciones que no excedan la cuantía del SMI, fijado en 1.134 euros mensuales para 2024. Esto significa que, hasta ese monto, las pensiones están protegidas de cualquier tipo de reducción por deudas.
La Seguridad Social especifica que los descuentos permanentes o transitorios por legislación fiscal, tributaria o de seguridad social deben considerarse antes de determinar la cantidad embargable. Esto garantiza que solo el excedente a la protección básica pueda ser sujeto a embargo.
¿Cuánto dinero pueden embargarte?
Para aquellos con 49 años cotizados y una pensión de jubilación penalizada, la ley establece escalas de embargo basadas en múltiplos del SMI:
Rango respecto al SMI | Porcentaje embargable |
Hasta el doble | 30% |
Hasta un tercio | 50% |
Hasta un cuarto | 60% |
Hasta un quinto | 75% |
Más allá de estos umbrales | 90% |
Las excepciones de los embargos de la pensión de jubilación
- Como excepción, la pensión alimentaria, puede ser embargada sin considerar si supera o no el SMI, ya que el importe del embargo lo fija un juez basándose en las necesidades de los beneficiarios de la pensión alimentaria.
- En casos de incapacidad permanente, la pensión es embargable solo si supera el SMI, ajustándose al excedente entre la pensión máxima y el SMI, a menos que el beneficiario sufra de una discapacidad grave.
- Además, aunque generalmente las pensiones que no superan el SMI están protegidas, existen situaciones en las que se pueden embargar si el beneficiario debe devolver subsidios o prestaciones cobradas indebidamente, lo cual puede reducir la pensión hasta un 30%.
Como ves, es muy importante estar atentos e informados. Aunque las leyes ofrecen ciertas protecciones, el conocimiento y la preparación pueden evitar sorpresas desagradables en la vejez.