Adiós a este extra en la pensión de jubilación: la Seguridad Social confirma el caso en el que no lo cobrarás

Los planes de jubilación de muchas personas en España se vieron directamente afectados por la noticia, que fue confirmada por la Seguridad Social en su momento: complemento de pensión para reducir la brecha de género. Esta medida, impulsada en su momento por el Departamento de Igualdad Social, Sirve para compensar el perjuicio sufrido en la carrera profesional de los padres por el nacimiento de hijos o hijas.

Si bien el objetivo de la medida es brindar apoyo financiero al momento de recibir una pensión de vejez, Esto constituye una serie de excepciones para un determinado grupo de la población. En este artículo conoceremos en detalle los casos en los que este complemento no llega a algunos jubilados y los requisitos que deben cumplir precisamente para poder beneficiarse del mismo.

Jubilación parcial: un método que queda excluido de recibir un complemento

Las pensiones contributivas, la de incapacidad permanente, la de viudedad o la de vejez son prestaciones para las que este complemento pretende reducir las diferencias de género. Esto deja solo la modalidad de jubilación parcial como una opción que no aplica, lo que puede ser motivo de preocupación para quienes optaron por esta opción al momento de jubilarse.

Pese a ello, quienes empezaron con una pensión parcial como primer paso para salir del mercado laboral español tienen que esperar el momento (o más bien la edad) en que tengan acceso a una pensión completa. Una vez que una persona llegue a este punto podrá reclamar el complemento que nos ocupa.

Requisitos y condiciones necesarias para acceder al plugin

Como ocurre con todas las prestaciones públicas, las personas interesadas pueden utilizar el complemento para reducir la brecha de género. Tendrán que cumplir una serie de requisitos marcados por la Seguridad Social.

Estos requisitos son los siguientes:

  • Debe estar afiliado a cualquier modalidad de seguridad social.
  • Es necesario solicitar una pensión contributiva de vejez, de incapacidad permanente o de viudedad.
  • Los niños deben estar debidamente inscritos en el registro civil según lo estipula la Ley General de la Seguridad Social.

vale la pena recordar Este complemento no es compatible con otros, como el de maternidad, que estuvieron vigentes entre 2016 y 2021y quienes deseen utilizar cualquiera de estas ayudas deberán elegir entre una u otra. Así queda reflejado en la Ley General de la Seguridad Social:

«En el caso de que el otro progenitor de uno de los hijos o hijas, que haya dado derecho al subsidio de maternidad con motivo del subsidio demográfico, solicite y tenga derecho a un complemento de cotización a la pensión con el fin de reducir la brecha de género (…) el importe mensual reconocido se deducirá del subsidio de maternidad percibido con efectos económicos a partir del primer día del mes siguiente al de la decisión.

Cambios en la edad de jubilación en 2024

Además de los requisitos que ya hemos mencionado en el apartado anterior, Un aspecto vital es la edad y los años que ha cotizado el trabajador.porque dependiendo de ello tendrás acceso a uno u otro tipo de pensión.

Por ejemplo, en el caso de una pensión regular, se debe tener 65 años con 38 años de aportes, y 66 años y seis meses si no se ha cumplido este período de aportes. Por el contrario, en el caso de la jubilación anticipada voluntaria, quienes no cumplan los 38 años deberán esperar hasta los 64 años y 6 meses para cotizar, quienes la alcancen podrán jubilarse a los 63 años.

El impacto de esta decisión en la planificación financiera de los trabajadores

Cambiar las condiciones de acceso al complemento para reducir la brecha entre mujeres y hombres, con excepción de la jubilación parcial, presenta nuevos desafíos para los trabajadores que se acercan a la jubilación. Es fundamental ser consciente de estos cambios y ajustar los planes de pensiones en consecuencia. La planificación financiera y de jubilación requiere una atención cuidadosa y una adaptabilidad constante a los cambios en la Seguridad Social y las pensiones.


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